En el Día de la Escarapela Nacional, desde Sello 360 abordamos una confusión recurrente en los ámbitos oficiales, corporativos y de la administración pública. Desde la perspectiva estricta del ceremonial y el marco legal vigente, este emblema no integra la categoría jurídica de Símbolo Patrio, sino la de distintivo. Su actual proliferación en formatos comerciales expone un desapego por las formas institucionales de la República.
El 18 de mayo evoca la decisión del Primer Triunvirato en 1812, que institucionalizó los colores celeste y blanco a pedido de Manuel Belgrano para uniformar al ejército revolucionario. Sin embargo, en el ejercicio de la función pública contemporánea, su uso suele estar rodeado de imprecisiones conceptuales.
El marco legal
El primer punto a clarificar es técnico-normativo. La Escarapela Nacional no es un Símbolo Patrio. El Decreto Nacional 10.302/1944, que unifica y rige los emblemas de la República Argentina, establece con taxatividad jurídica que los únicos símbolos oficiales de la Nación son tres: la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional.
La escarapela se clasifica legal y protocolarmente como un distintivo o emblema de pertenencia. Aunque posee una carga histórica y un valor civil extraordinario, no comparte la jerarquía jurídica ni las exigencias de custodia de los símbolos mayores. Confundir estos términos en discursos públicos u órdenes del día es el primer error que un área de comunicación institucional debe evitar.
La distorsión del emblema
El segundo aspecto crítico se encuentra en la morfología del objeto. Por definición etimológica y tradición heráldica, una escarapela (del francés cocarde, y esta de coq, por su similitud con la cresta del gallo) es una roseta textil confeccionada con una cinta plegada sobre sí misma. Su forma debe ser circular y su material, lógicamente, tela.
En el mercado actual, la industria del merchandising ha introducido variantes que desvirtúan por completo su función protocolar:
-Pins metálicos, de resina o plástico: reemplazan la sobriedad y la flexibilidad de la cinta textil por la rigidez industrial, transformando un distintivo patrio en un prendedor corporativo común.
-Deformaciones morfológicas: lazos en forma de moño, siluetas del mapa geográfico argentino o apliques con pedrería. Estas piezas confunden el ceremonial con la joyería o el accesorio de moda estacional.
Para la mirada experta, estas licencias de diseño no representan una modernización del fervor civil, sino una informalidad estética. El uso de pines metálicos o formas de cotillón en la solapa de un funcionario del Estado o un directivo empresarial debilita la sobriedad que exige el acto oficial.
Reglas de uso para la Semana de Mayo
Para las organizaciones y líderes que buscan proyectar profesionalismo y respeto por las instituciones durante estas fechas (del 18 al 25 de mayo y el 9 de julio), el ceremonial estricto establece las siguientes pautas:
-Ubicación correcta: se coloca exclusivamente en el lado izquierdo del pecho, sobre la solapa del saco o directamente sobre el torso, a la altura del corazón.
-Exclusividad en la solapa: mientras se porte el distintivo nacional, no deben coexistir en la misma solapa pines gremiales, partidarios, comerciales o de marcas corporativas. El emblema nacional no compite visualmente con ninguna otra insignia.
-Preferencia material: las jefaturas de protocolo de los organismos públicos y las grandes empresas deben proveer a sus miembros escarapelas tradicionales de cinta textil circular, desterrando el uso de réplicas plásticas o metálicas en ceremonias oficiales.
El cuidado de las formas es el reflejo directo de la calidad y el rigor de una gestión. Permitir que un distintivo que nació para identificar a las fuerzas de la patria se convierta en un adorno de diseño libre es un síntoma de la pérdida de disciplina institucional. En este 18 de mayo, exigir el regreso a la escarapela redonda y de tela no es un capricho nostálgico; es la reafirmación de que en el ámbito del poder y la representación del Estado, la sobriedad es la máxima expresión de la autoridad.