Tras el hermetismo inicial, el Ejecutivo publicó el documento legal que estructura la paritaria. Lejos de garantizar un piso real y automático, el texto blanquea la ingeniería contable: dos mínimos asimétricos con $100.000 de diferencia, adicionales en negro y una falsa cláusula gatillo atada a la recaudación.


La publicación del Decreto N° 487/3 en el Boletín Oficial, que formaliza el acuerdo salarial docente en Tucumán, funciona como una confesión de partes. Tras publicitar mediante gacetillas y portales afines un supuesto piso salarial de $970.000 "desde marzo", la letra chica del documento legal rubricado por el gobernador Osvaldo Jaldosus ministros y los representantes gremiales, confirma la auditoría contable: la paritaria no es un plan de recomposición, sino un esquema de precarización estructural.


El análisis técnico del articulado destruye la narrativa del "aumento histórico" y expone tres trampas legales que el gobierno intentó enmascarar en sus anuncios oficiales:

El falso mínimo de marzo

El decreto revela una asimetría salarial que fue ocultada en los anuncios. Mientras la propaganda oficial fijó el piso de $970.000 para "marzo" (Art. 15), la auditoría del documento legal expone que el salario mínimo garantizado para el mes de febrero (Art. 7) fue de apenas $870.500. Con esta maniobra, el Ejecutivo vendió como acuerdo total un monto que en el mes clave del inicio del ciclo lectivo representó una diferencia de $100.000 menos en el bolsillo de los docentes. No hubo un salario garantizado de $970.000; hubo dos mínimos distintos y asimétricos.


Segundo cargo excluido

El artículo 14 del decreto oficializa el congelamiento que ya evidenciaban los recibos de sueldo reales. Establece el pago de un adicional no remunerativo de $70.000, pero la trampa reside en la condición de pago: se liquidará "por agente para cargos de 145 puntos o más". Al pagarse por agente y exigir un piso alto de puntaje, el docente que acumula horas cátedra fraccionadas o que posee un segundo cargo para alcanzar la canasta básica queda total y legalmente excluido. Para el Estado tucumano, el segundo cargo vale cero pesos.


Cláusula de revisión engañosa

El relato oficial publicitó que los salarios estarían resguardados con revisiones en junio, septiembre y diciembre según los índices del INDEC. El texto del decreto (Art. 16, 17 y 18) revela que esto es una ficción administrativa. La cláusula establece que las actualizaciones se aplicarán "siempre y cuando la evolución de la recaudación provincial lo permita". Con esta maniobra, el Ejecutivo transfiere su propio riesgo financiero al bolsillo del trabajador: si la inflación se dispara pero el gobierno recauda menos, el salario docente quedará congelado. No es una cláusula gatillo, es un cepo presupuestario.



Ver Decreto N° 487/3